El Ministerio de Minas y Energía de Colombia estableció nuevos lineamientos y criterios para que la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) pueda actualizar o modificar la regulación vigente con miras a lograr mayor eficiencia en la asignación de puntos de conexión y capacidad de transporte a proyectos de generación de energía eléctrica.
Explica el ministerio que a junio de 2020 existían 147 proyectos de generación de energía, por 8.365 megavatios, con concepto favorable de conexión por parte de la Unidad de Planeación Minero Energética, 29 de ellos (348 megavatios) ya tienen su fecha de puesta en operación vencida y no cuentan con una garantía que ampare el uso de la capacidad de transporte asignada. Estos proyectos podrían estar ocupando una capacidad que puede ser aprovechada por otros agentes generadores que estén en condiciones de conectarse al sistema.
"Con estos lineamientos esperamos liberar la capacidad de transporte de energía no utilizada, que se ha convertido en un cuello de botella para la entrada de nuevos proyectos, especialmente, de fuentes no convencionales de energías renovables. Además, permitirán hacer un uso adecuado y eficiente de la disponibilidad de las redes de transporte en el Sistema Interconectado Nacional (SIN) con el fin de garantizar la prestación de este servicio esencial de forma eficiente, sostenible y continua", aseguró el Ministro de Minas y Energía, Diego Mesa.
Asimismo, aclara el organismo que los proyectos que maximicen el uso de los recursos disponibles en el país tendrán prioridad para la emisión del concepto de conexión por parte de la UPME, así como los que hayan adquirido compromisos con el sistema a través de los mecanismos de mercado que defina para efectos de priorización el Gobierno Nacional, el Ministerio de Minas y Energía o la CREG.
Se indica que la nueva regulación se aplicará en proyectos de generación y autogeneración interesados en acceder a la asignación de capacidad de transporte de energía en el SIN, y la CREG también deberá definir las condiciones regulatorias especiales aplicables para proyectos de generación menores a 5 MW que se conecten.
Por otro lado, se estableció un régimen de transición aplicable a los proyectos de generación de energía eléctrica que hayan obtenido concepto favorable de conexión por parte de la UPME previo a la fecha de entrada en vigencia de esta resolución, y la CREG deberá solicitar la garantía que ampare el uso de la capacidad de transporte asignada.
PUBLICADO: 27 de octubre de 2020